El
despacho logra que el que fuera un espectador de una prueba deportiva, en este
caso un rally, fuera indemnizado por todos los daños y perjuicios sufridos al
ser atropellado por uno de los vehículos participantes en la prueba.
Tras
sufrir una importantísima lesión, consistente en la amputación parcial de una
pierna, se consiguió que fuera indemnizado por la pérdida de la extremidad, el
daño estético que la misma comporta, el daño moral para una persona jóven, la
incapacidad absoluta para toda profesión o actividad, y los perjuicios
económicos derivados de la misma.