Indemnización por los daños derivados del fallecimiento de un motorista a quien el cuerpo policial atribuía la culpa del siniestro.
De un accidente de circulación se pueden derivar
daños y perjuicios muy graves y pérdidas irreparables. Éste fue el caso de una
familia que sufrió la pérdida de su esposo y padre cuando viajaba con su
motocicleta. La familia no solamente sufrió la definitiva pérdida de un ser
querido, sino que además se vio afectada por las conclusiones de un atestado
policial que atribuía la responsabilidad del siniestro, única y exclusiva, al
propio motorista.
No obstante, el despacho, junto con la
colaboración de un perito técnico especialista en reconstrucción de accidentes,
consiguió en vía judicial que aquella familia, a quien la compañía aseguradora
había negado la indemnización en base a la supuesta culpa exclusiva del propio
fallecido, fuera indemnizada por el importe equivalente al 100% de la
indemnización para estos supuestos más los intereses de demora, al desvirtuar
de forma íntegra, las conclusiones alcanzadas por la fuerza actuante.
El camino no fue ni rápido ni fácil. Amparándose
como decíamos la compañía aseguradora en el contenido del atestado para negar
cualquier indemnización a la familia del fallecido, fue necesaria una dura
batalla judicial, primero en la Jurisdicción penal y posteriormente en la
civil, siendo en esta último donde se reconoció que el accidente ocurrió de
forma distinta a cómo se había reflejado inicialmente, concediéndose la
indemnización máxima.
El resultado conseguido no sólo pudo valorarse muy
positivamente por obtener la familia la indemnización que le correspondía, sino
también por la gratificación que conllevó, desde un punto de vista moral, que
la atribución de culpa inicialmente efectuada a la víctima había resultado
precipitada.