Ir al contenido principal

PRESTACIÓN POR ALIMENTOS... ¿ILIMITADA EN EL TIEMPO?

PRESTACIÓN POR ALIMENTOS A HIJO DE 26 AÑOS CON ESTUDIOS ACABADOS Y SIN ENCONTRAR TRABAJO


Cada vez los progenitores que han  pasado por un proceso de separación tienen más claro, en contra de lo que durante muchos años se había pensado, que la pensión alimenticia a favor de los hijos no se extingue por el mero hecho de llegar a la mayoría de edad, debiéndose tener en cuenta otros factores , como es la realización de estudios, la posibilidad de encontrar trabajo entre otros.

El supuesto que analizó la Sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en su sentencia de 02 de Junio de 2016, era el de un padre que había solicitado la extinción de la pensión  alimenticia establecida en su día a favor de su hijo que, en la actualidad tiene 26 años de edad, con estudios acabados y buscador de empleo.

La Sentencia hace una llamada a contemplar la realidad social para considerar la cuestión, resaltando cómo la actual época de crisis económica dificulta mucho a los jóvenes encontrar un trabajo estable. Además en el caso se constató que el hijo beneficiario de la pensión alimenticia estuvo dado de alta en el régimen de autónomos, dándose de baja en el mismo al no continuar el trabajo que en su momento determinó que se diera de alta y no poder soportar los costes propios del sistema.

Se constató además, en este caso, que el hijo no había cesado en su empeño de buscar trabajo, sin encontrarlo . Tomando en consideración todo lo anterior, la Audiencia decide desestimar la petición efectuada por el padre de extinción inmediata de la pensión alimenticia,  fijando, sin embargo, dicha extinción al cabo de un año desde la fecha de la Sentencia dictada por la misma.

Entradas populares de este blog

FIN DE LAS CLÁUSULAS SUELO

En el día de hoy, el Tribunal Supremo ha confirmado la Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo que  declara nulas las cláusulas suelo, previendo expresamente la retroactividad de dicha anulación. Esto implica, para todos los usuarios podrán reclamar la supresión de dicha cláusula de su hipoteca, consiguiendo así una significativa reducción de su cuota mensual. Podrán, además, solicitar la devolución de las cantidades indebidamente pagadas en este concepto, tanto si todavía tienen la cláusula activa, como si su entidad bancaria ya se la retiró con anterioridad. No importa la entidad bancaria  con al que tenga contratado su préstamo hipotecario, puesto que todas ellas están obligadas a la supresión de cláusula y la devolución de las cantidades que correspondan. Esto no quiere decir que la devolución vaya a producirse de forma automática, ya que la mayoría de las entidades bancarias ya han manifestado su intención de luchar caso a caso por lo que, en ocasiones, se...

PEATON FALLECIDO. INDEMNIZACIÓN POR CULPA CONCURRENTE

Vía urbana + cruzar por zona no habilitada + paso de peatones a 50 metros + señalización del paso de peatones + tarde noche de invierno, siendo ya oscuro, sin iluminación artificial + vestimenta oscura por parte del peatón. Concurrían todos los condicionantes para que la parte contraria inicialmente le negara al peatón, persona mayor, en este caso de 85 años y que sufrió gravísimas lesiones a raíz del accidente, el derecho a la indemnización. Era necesario hacer considerar a la compañía aseguradora del vehículo que su conductor, muy probablemente, podía haber hecho algo más para evitar el accidente, o cuanto menos disminuir sus consecuencias. Así, de haber advertido la presencia del peatón, posiblemente hubiera estado en condiciones de realizar una maniobra evasiva o de frenada que redujera la intensidad del impacto, y quizá las consecuencias del siniestro que sufrió el viandante (lesiones) no hubieran sido tan graves. No fue sencillo. Fuero...

INDEMNIZACIÓN MOTORISTA FALLECIDO

Indemnización por los daños derivados del fallecimiento de un motorista a quien el cuerpo policial atribuía la culpa del siniestro. De un accidente de circulación se pueden derivar daños y perjuicios muy graves y pérdidas irreparables. Éste fue el caso de una familia que sufrió la pérdida de su esposo y padre cuando viajaba con su motocicleta. La familia no solamente sufrió la definitiva pérdida de un ser querido, sino que además se vio afectada por las conclusiones de un atestado policial que atribuía la responsabilidad del siniestro, única y exclusiva, al propio motorista. No obstante, el despacho, junto con la colaboración de un perito técnico especialista en reconstrucción de accidentes, consiguió en vía judicial que aquella familia, a quien la compañía aseguradora había negado la indemnización en base a la supuesta culpa exclusiva del propio fallecido, fuera indemnizada por el importe equivalente al 100% de la indemnización para estos supuestos más los intereses de de...